Hace 16 años, la Asamblea General de las Naciones Unidas proclamó que cada 30 de agosto se conmemoraría el Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas, una de las formas más graves de terrorismo estatal (Naciones Unidas, 2010). Hace 20 años, entró en vigor la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas Contra las Desapariciones Forzadas, que establece que la práctica generalizada o sistemática de la desaparición forzada constituye un crimen de lesa humanidad. Su objetivo es evitar las desapariciones forzadas, descubrir la verdad y asegurar la obtención de justicia y reparación para los afectados y sus familias (Naciones Unidas, 2006).
La desaparición forzada es una herramienta utilizada por los estados para sembrar terror en la sociedad. La sensación de inseguridad no se limita al entorno de la víctima en cuestión, sino que las comunidades y la sociedad en su conjunto sufren también las consecuencias (Amnistía Internacional, 2023).
Hoy en día se trata de un problema global. Durante buena parte del siglo XX quedó fuertemente asociada a las dictaduras y regímenes autoritarios de la región, pero hoy las podemos identificar como estrategia estatal en conflictos internos, en pos de reprimir cualquier tipo de disidencia u oposición. En muchos casos, las desapariciones forzadas se producen a partir de detenciones arbitrarias, es decir, que carecen de una orden de detención. Las víctimas ven vulnerados sus derechos humanos, al margen de la ley y a merced de sus aprehensores.
Sin embargo, las consecuencias de esta atrocidad no terminan simplemente con su cese. Las secuelas trascienden a las familias para plantear desafíos que perduran hasta incluso después de la transición hacia sistemas democráticos. En este contexto, la justicia transicional adquiere un rol fundamental, siendo la encargada de garantizar la obtención de verdad y justicia y de hacerle frente a la impunidad y el negacionismo. Al mismo tiempo, surge una tensión entre la necesidad de preservar la memoria y las demandas de reconciliación social, que muchas veces plantean el interrogante de hasta qué punto es posible construir una sociedad democrática sin resolver las violaciones cometidas en el pasado.
Desapariciones forzadas como estrategia de terror estatal
El deber de un Estado es funcionar como garante del bienestar y de los derechos de sus ciudadanos. Si este falta a su obligación, no solo incumple sus responsabilidades, sino que también quiebra la relación de confianza que sostiene el vínculo entre la ciudadanía y las instituciones.
El terrorismo de Estado puede entenderse como el uso o amenaza de la violencia por parte del propio Estado con fines políticos, dirigida principalmente contra la población civil. Su capacidad de influir sobre la sociedad reside no solamente en la violencia ejercida directamente sobre las víctimas, sino también en la intimidación y la coerción que genera sobre quienes las rodean (Sitges Vargas, 2011).
Desde esta perspectiva, las desapariciones forzadas pueden funcionar como una estrategia particularmente eficaz para lograr este efecto en la población, ya que según Palma (2020), los efectos alcanzan a las familias, comunidades y a la sociedad en su conjunto. Se rompen los lazos sociales y se erosionan los valores que rigen la convivencia de la ciudadanía. El estado de amenaza se vuelve constante, desconfiando de las relaciones sociales en su totalidad.
Esta situación provoca una ruptura radical del concepto de seguridad: el agente encargado de proteger los derechos de los ciudadanos es, paradójicamente, quien perpetra su vulneración. Se dejan indicios para que la sociedad pueda realizar una lectura determinada: someterse al modelo de ciudadano impuesto o afrontar sus consecuencias. De esta manera, la violencia no solo busca afectar a quien es perseguido, sino también condicionar el comportamiento de quienes observan sus efectos.
Justicia transicional
La justicia transicional surge tras períodos marcados por violaciones a los derechos humanos y otras formas de violencia, como un conjunto de procesos destinados a enfrentar las consecuencias de ese pasado y avanzar hacia una sociedad democrática. El sociólogo noruego Jon Elster afirma que “la justicia transicional está compuesta de los procesos penales, de depuración y de reparación que tienen lugar después de la transición de un régimen político a otro”.
Sin embargo, estos procesos no son simples ni inmediatos. Las experiencias de distintos países han demostrado que la búsqueda de verdad y justicia puede extenderse durante varias décadas. Por ende, el establecimiento de un régimen democrático no alcanza por sí solo como medio de reparación, sino que resulta imperativa su articulación con el resto de las instituciones del Estado para garantizar un proceso estable que permita brindar justicia a las víctimas.
Con respecto al escenario latinoamericano posterior a la experiencia de los regímenes autoritarios que atravesaron la región, se consolidó un panorama de relativa estabilidad. Lira (2011, como se citó en Lessa, 2021) sostiene que “el olvido judicial y la impunidad se afianzaron como base de la paz social”. Las demandas de justicia debían abrirse paso ante las leyes de amnistía que sancionaban los flamantes gobiernos democráticos. Diamint (2021) establece una tensión entre gobernabilidad y democracia, lo cual condicionaba las decisiones políticas de la época: los que decidían apostar por avanzar en materia democrática sufrían la ardua presión de los grupos militares, que llegaban hasta el punto de poner en jaque la estabilidad de aquella frágil democracia.
Un ejemplo concreto de esta tensión puede observarse en Argentina durante el gobierno de Raúl Alfonsín. Luego del Juicio a las Juntas, el avance de las causas contra integrantes de los niveles inferiores de las Fuerzas Armadas generó fuertes resistencias dentro de la institución militar. En diciembre de 1986 se sancionó la Ley de Punto Final, que estableció un límite temporal para la presentación de denuncias, y en abril de 1987 se produjo el levantamiento carapintada de Semana Santa. Tras este episodio, en junio de ese mismo año fue sancionada la Ley de Obediencia Debida, que estableció la no punibilidad de determinados integrantes de las Fuerzas Armadas por considerar que habían actuado en cumplimiento de órdenes superiores. El caso permite observar de manera concreta la tensión entre gobernabilidad y justicia transicional: el Estado democrático debía consolidar su autoridad frente a sectores militares que cuestionaban el avance de los procesos judiciales, al mismo tiempo que las medidas adoptadas para contener esa presión limitaron temporalmente el alcance de la búsqueda de justicia (Memoria Abierta, s.f.)
Hoy en día, las instituciones en su mayoría han optado por dejar atrás el silencio y “ahora, incluso en medio de la brutalidad autoritaria o de la opresión estructural, las sociedades están exigiendo que la transparencia y el conocimiento sean inherentes a una concepción sólida de la ciudadanía” (González, 2014, p.4)
Aun así, hay otro actor sumamente importante al cual debemos prestar atención: la cultura popular (Rojas Corral, 2023). Como plantea este autor, es crucial que los promotores de derechos humanos coordinen con la justicia para actuar de manera conjunta y hacerle frente a los discursos negacionistas y los reivindicadores de la dictadura. El rol de la sociedad resulta imprescindible a la hora de condenar las atrocidades del pasado, ya que sus reclamos contribuyen a sostener la necesidad de alcanzar una reparación histórica. Esta cuestión resulta especialmente relevante en el escenario actual de la región y será abordada en el siguiente apartado.
Negacionismo como fenómeno político y retrocesos en la agenda de derechos humanos
El negacionismo es un concepto que ha adquirido una relevancia considerable en los últimos años. Abellán López (2023) lo define como una práctica cuyo objetivo es “distorsionar los atentados a gran escala en contra de los derechos más básicos de las personas, presentándolos como aceptables o como daños colaterales”.
Esto adquiere una dimensión política cuando provoca el cuestionamiento de los valores fundamentales que rigen la convivencia en sociedad. Se relativizan los crímenes cometidos y se eluden las responsabilidades correspondientes, deslegitimando la perenne búsqueda de verdad y justicia y obstaculizando los procesos de justicia transicional.
“Al negar el ataque más extremo a la dignidad humana que es el genocidio, se busca generar condiciones de repetición, volver a validar ideas, representaciones y prácticas de exterminio” (Thus, 2023, p. 27). Esto permite sostener que las oleadas de negacionismo no son aisladas, sino que hay una intencionalidad detrás de los discursos que pueden presentarse como meras interpretaciones del pasado: validar una serie de prácticas que atentan contra la democracia y los derechos humanos mismos. Se instalan en el debate público y reabren discusiones que la sociedad ya creía saldadas.
Este fenómeno no es autónomo, sino que, como plantea Abellán López (2023), existen “factores sistémicos que intensifican un estado de desconfianza institucional y de ausencia de legitimidad de los poderes públicos, que crean un caldo de cultivo propicio para la construcción de narrativas negacionistas” (p. 252). En este sentido, se podría decir que encuentra en los contextos de crisis sociales e institucionales condiciones favorables para emerger y asentarse en el juicio de aquellos descreídos.
No obstante, hay un elemento que puede ser sumamente disruptivo y frenar la agenda negacionista: la movilización social. La aglutinación de actores diversos en defensa de los derechos humanos funciona como factor de presión para preservar el territorio ganado en esta materia.
A pesar de la importancia del factor social, el auge de la ultraderecha y los discursos de esta índole puede contribuir a generar un retroceso en la agenda de derechos humanos. Para ejemplificar esta situación, el último informe de Amnistía Internacional (2025) denuncia que, en Argentina, el Estado abandonó deliberadamente su responsabilidad de garantizar y proteger los derechos humanos, mientras que las políticas públicas comenzaron a priorizar la austeridad fiscal por encima de la dignidad humana. Este desplazamiento termina vulnerando a la ciudadanía de manera intencional, planteando a las personas como un costo en lugar de un sujeto cuya protección es responsabilidad del Estado.
Tensión entre memoria y reconciliación
La superación de un pasado marcado por la violencia estatal plantea una disyuntiva difícil de resolver: la necesidad de construir una convivencia pacífica puede entrar en conflicto con el deber de preservar la memoria de quienes fueron víctimas de dichas violaciones. La reconciliación puede definirse como el proceso mediante el cual una sociedad alcanza el “reconocimiento de las injusticias del pasado, la aceptación de la responsabilidad y las medidas para reconstruir la confianza” (UNESCO) mientras que la memoria opera como un deber ético y una herramienta de resistencia de las víctimas, que busca mantener viva la verdad histórica frente al riesgo de que la reconciliación se traduzca en un olvido impuesto o en impunidad (De Gamboa, 2019)
Es importante reconocer que la búsqueda de paz social no debería ir acompañada del olvido, ya que como se le atribuye al pensador Santayana “un pueblo que no conoce su historia está condenado a repetirla”. Es vital que la reconstrucción de la confianza institucional se dé mediante los procesos de la justicia transicional y medidas de reparación adecuada, en lugar de evadir la atribución de responsabilidades mediante los indultos, la amnistía y otros mecanismos legales.
En este sentido, el Estado tiene una responsabilidad fundamental: reconocer los reclamos por parte de la sociedad. Juega un papel clave al momento de transicionar hacia una nación más justa, libre y democrática. No solo eso, sino que el reconocimiento a las violaciones a los derechos humanos puede ayudar a desestimar los discursos negacionistas en la narrativa pública.
Conclusión
Las consecuencias de las desapariciones forzadas no se limitan al cese de uno de los capítulos más oscuros de la historia de la violación de derechos humanos, sino que continúa planteando desafíos para las democracias actuales.
Desde esta perspectiva, la justicia transicional adquiere una trascendencia sumamente considerable al significar un mecanismo indispensable para garantizar la obtención de verdad y justicia. La estabilidad social debe construirse a través de los procesos institucionales correspondientes y no mediante el olvido o la evasión de responsabilidades.
La construcción de una sociedad justa y democrática requiere la colaboración del Estado y la sociedad civil, entendiendo a la memoria como pilar de la transición y como herramienta para garantizar que lo ocurrido no suceda nunca más.
Referencias
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